lunes, 9 de diciembre de 2013

REQUISITOS PARA SER DETECTIVE PRIVADO FUNCIONES DEL MISMO


En este post te indico los requisitos para ser detective privado y las funciones del mismo:









REQUISITOS:


a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad de un país de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo.

c) Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las
respectivas funciones sin padecer enfermedad que impida el ejercicio de las mismas.

d) Carecer de antecedentes penales.

e) No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del
derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las
comunicaciones y de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.

f) No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por
infracción grave o muy grave en materia de seguridad.

g) No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad.

h) No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de
seguridad, vigilancia o investigación privada, ni de su personal o medios, como miembro de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.

i) Superar las pruebas que acrediten los conocimientos y la capacitación necesarios para el
ejercicio de las respectivas funciones.

j) Estar en posesión del título de bachillerato unificado polivalente, bachiller, formación
profesional de segundo grado, técnico de las profesiones o cualificaciones que se determinen, u
otros equivalentes o superiores.

k) Estar en posesión de diploma de detective privado, expedido por los institutos de
Criminología o en otros centros oficiales adecuados y habilitados por el Ministerio de Educación y
Cultura y obtenido después de superar los programas establecidos, que comprenderán 180
créditos, cada uno de ellos correspondiente a diez horas de enseñanza, desarrolladas al menos
durante tres cursos lectivos.

l) No ser funcionario en activo de ninguna de las Administraciones Públicas en el momento de
la solicitud, ni durante los dos años anteriores a la misma.


FUNCIONES:

• Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:

a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.

b) De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los
legitimados en el proceso penal.

c) De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.

• A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito
económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o
social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

• En el ámbito del apartado c) se considerarán comprendidas las grandes superficies
comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.

PROHIBICIONES:


• Los detectives privados no podrán realizar investigaciones sobre delitos
perseguibles de oficio, debiendo denunciar inmediatamente ante la autoridad
competente cualquier hecho de esta naturaleza que llegara a su conocimiento y poniendo
a su disposición toda la información y los instrumentos que pudieran haber obtenido
relacionados con dichos delitos.

• En ningún caso podrán utilizar para sus investigaciones medios personales o técnicos
que atenten contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar, a la propia
imagen o al secreto de las comunicaciones.

www.pgcdetectives.com


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